Hoy 5 de marzo se ha publicado
el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la
FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA de las enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos.
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Hay muchas novedades respecto a los Programas de Cualificación Profesional Inicial entre ellas:
Presentación elaborada por la Consejería de Educación de La Rioja.
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CRITERIOS DE ACCESO Y SELECCIÓN:
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a) Tener cumplidos 15 años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los 17 años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b) Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (1º, 2º, 3º) o, excepcionalmente haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c) Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
Esta propuesta se reflejará en un CONSEJO ORIENTADOR prescriptivo pero no vinculante.
Es la familia quien toma la decisión; no obstante sin este consejo no puede acceder.
TÍTULOS PROFESIONALES BÁSICOS Y SUS EFECTOS
a) Obtendrá el título profesional básico con valor académico y profesional.
b) Permitirá el acceso directo a los ciclos formativos de grado medio.
Según el artículo 17 punto 5: El título profesional básico tendrá los mismos efectos laborales que el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a empleos públicos y privados.